Llega el mes de marzo y con él, los pagos anuales de las editoriales a los autores. Sí, hay algunas que lo hacen por trimestres, otras por semestres, pero la mayoría lo hacen así.
Cuando llega marzo siempre veo nuevas autoras preocupadas preguntando qué es eso de «hacer una factura» que les pide la editorial después de enviarles el informe de ventas. Y si eres una de ellas, sigue leyendo este post porque voy a iluminarte:
✨Primero de todo, la factura será diferente si eres autónomo o no lo eres
#1 - No soy autónoma
entonces no te comas la cabeza porque no es una verdadera factura sino una especie de recibo de uso interno para la editorial. Tendrás que poner, eso sí, tus datos (nombre, apellidos, dirección, teléfono, Dni, número de cuenta), una lista de los libros con el importe a percibir y, en la suma final, aplicarle un porcentaje de la retención. ¿Cúal es? La regla general es del 15%, pero se te aplicará otro si no eres residente en España, y dependerá del convenio de cada país. Si la editorial te pide que incluyas algún número de contrato o su NIF, do it junto con su nombre, dirección.
Te dejo un ejemplazo para que lo veas super claro:
#2 - Soy autónoma
entonces seguro que estás ya más familiarizada con el tema de facturas. En este caso, deberás hacerlo igual que cuando cobras algún servicio a otro cliente; poner la fecha, el número correlativo de la factura, tus datos junto con el NIF/CIF y todo lo demás es igual. ¿Qué es importante? Que aquí no hay IVA, en base al art. 20 Uno 26, los derechos de autor están exentas de IVA, como pasa en otros tipos de actividades.
Te dejo también un ejemplo con las diferencias para que lo veas✨
IMPORTANTE
La retención si eres autónomo nuevo, se te aplicará el 7% durante los 2 primeros años. COMUNICALO a la editorial. Y esto es todo por hoy. Espero haberos ayudado, cualquier cosilla ya sabéis, dejad un comentario o mandadme un mail.
Si os ha sido útil, compartid, dadle un like o házmelo saber😘
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